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Inicio / Sector / Convenio colectivo / Revisión salarial 2001

Acta de constitución de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Provincial
para la industria del azulejo de Castellón - 2002

En Castellón, a 17 de enero de 2002.

Siendo las 16 horas del día de la fecha, en la sede de ASCER, se reúnen los miembros de la comisión negociadora del convenio colectivo provincial de azulejos de Castellón, al objeto de constituir la misma en el modo previsto en la Ley.

A tal fin, de conformidad con lo previsto en el Título III del R. D. Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, los presentes acuerdan:

1º.- Reconocerse mutuamente la legitimación para negociar y concluir válidamente el convenio colectivo sectorial, de ámbito provincial, que se pretende. Esta legitimación la ostentan: del lado de los trabajadores, M.C.A.-U.G.T. y FECOMA-CC.OO.; del lado empresarial, la legitimación la ostenta la Asociación Española de Fabricantes de Azulejos y Pavimentos Cerámicos, abreviadamente ASCER.

2º.- La representación de cada una de las partes en la mesa de negociación es la que consta en los documentos 1,2 y 3 anexos a la presente acta.

3º.- Sin perjuicio de acomodarlo a las necesidades de la negociación, se fija como calendario de sesiones de la comisión el siguiente: martes y jueves de cada semana, comenzando las reuniones a las 16,30 horas.

El lugar de reunión será la sede de ASCER, sita en Castellón, Camino Caminás, s/n.

4º.- La presidencia de cada una de las sesiones se ejercerá por un representante del banco social y otro del banco patronal, alternativamente.

5º.- Nombrar tres secretarios de actas:
Por M.C.A.-U.G.T., D. Enrique Sánchez Collado.
Por FECOMA-CC.OO., D. Vicente Nebot Edo.
Por ASCER, Dª Josefina Rodríguez García

6º.- La representación de los trabajadores hace entrega en esta acto de su plataforma reivindicativa, que se une a la presente acta.

Dada la extensión y complejidad de la plataforma presentada por el banco social, la representación de ASCER manifiesta la necesidad de disponer de un tiempo razonable para poder ofrecer una contestación adecuada a la misma, por lo que interesa que la próxima reunión se celebre el jueves, 24 de enero de 2002, a las 16,30 horas.

La representación de los trabajadores acepta la propuesta de la parte empresarial.

7º.- Constituida la Comisión, ésta acuerda dejar sin efecto y declarar inaplicable el artículo 6º del Convenio Colectivo Provincial publicado en el B.O.P nº 70, de 8 de junio de 1999, en lo que hace referencia al año 2001.

8º.- Dentro del primer trimestre de 2002 las empresas pagarán a los trabajadores la cantidad que resulte de multiplicar la retribución bruta devengada por aquellos durante el año 2001 por 0,000487. El abono de la cantidad que resulte se efectuará en una paga única, sin que genere derecho adquirido alguno para años sucesivos.

9º.- A continuación se confeccionan las tablas salariales definitivas correspondientes a 2001, quedando unidas a la presente acta formando parte del contenido de la misma. Asimismo se confeccionan en su contravalor en euros.

Finalmente se acuerda remitir la presente acta y el anexo conteniendo las citadas tablas a la Autoridad Laboral para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, facultando para ello a D. Ferrán Ortiz, D. Juan Escudero López y D. Germán Belbis Pereda.

y no habiendo mas asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 18horas del día de la fecha, quedando las partes convocadas para el próximo jueves, 24 de enero, a las 16,30 horas, firmando la presente acta como prueba de conformidad con su contenido.

 
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